Información sobre el Reglamento REACH

¿Qué es el REACH?

La nueva legislación química está siendo regulada por el reglamento REACH 1907/2006 desde el 1 de Junio del 2007. Este reglamento para el registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas unifica varias legislaciones vigentes en la UE, añadiendo algunos nuevos aspectos. El objetivo principal es un mayor nivel de información sobre los productos químicos producidos e importados en la UE. Así como todos los riesgos, que son causados por el uso de sustancias químicas y que deben de ser reducidos.

¿Qué cambios causará el REACH?

REACH se basa en la convención de la responsabilidad personal de la industria. El reglamento es obligatorio para los fabricantes e importador, así como para los usuarios intermedios. El principio básico del REACH es el traspaso de responsabilidad de la seguridad de los productos químicos a la empresa. En el futuro, la empresa tiene que demostrar que sus productos se pueden manejar de forma segura, que no causan daños a los consumidores, ni daños ambientales. Esto no es ya una tarea de las administraciones públicas de cada país.
¿Qué consecuencias tiene el REACH?

De acuerdo con el Reglamento REACH todas las sustancias químicas excepto polímeros, producidas e importadas por encima de una tonelada/año por empresa, tienen que estar registradas en la Agencia Europea de Sustancia y Preparados Químicos (ECHA) localizada en Helsinki. Por tanto, todos los datos relativos a identificación, contaminación y manejo tienen que ser entregados a la Agencia en forma de expediente de registro. Un producto como tal no será registrado sino cada una de las sustancias utilizadas en la obtención de dicho producto. Siguiendo el principio “Without date, no Market” (“Sin dato, no hay mercado”), sólo las sustancias químicas registradas podrán ser introducidas en los mercados europeos. Aquellas sustancias no registradas no podrán ser introducidas.

El reglamento REACH comenzó con una etapa de pre-registro que empezó el 1 de junio del 2008 y terminó el 1 de diciembre del mismo año. Para las sustancias especialmente peligrosas, peligrosas para el Medio Ambiente y las de alto consumo el plazo es de 3,5 años, para otro tipo de sustancias el plazo está comprendido entre 3,5 a 11 años en función del volumen.

Uponor y Uponor REACH apoya el principio básico de la nueva legislación para mejorar la gestión de productos químicos y restablecer la confianza en cuanto al empleo de sustancias químicas.

Uponor es un usuario intermedio según el artículo 3 no 13 del Reglamento REACH, por consiguiente no está obligado a registrar sus productos. Como usuario intermedio tiene que garantizar, dentro de los plazos establecidos, que sólo utiliza sustancias registradas.

A nuestros proveedores se les pidió el pre-registro de las sustancias y preparados que Uponor utiliza para finales del año 2008. Ellos han confirmado el pre-registro ó la intención de pre-registrar sus productos como garantía de conformidad con el Reglamento REACH.

Uponor por la presente declara basándose en la información proporcionada por nuestros proveedores, que los productos/sistemas utilizados en la unidad de negocio de soluciones de construcción (fontanería, calefacción y refrigeración) cumplen con los requisitos del reglamento REACH. En el caso de que sustancias publicadas en la lista de sustancias altamente peligrosas (lista de SVHC) publicada en la Agencia Europea de Sustancia y Preparados Químicos (ECHA), estén contenidas en nuestros productos finales en concentraciones por encima de un 0,1% (p/p), nosotros lo indicaremos.

Más información acerca de su función a desempeñar y responsabilidad en relación al Reglamento REACH puedo encontrarlo en su helpdesk nacional que está publicado en la web de ECHA. (www.reach.helpdesk.es)

La legislación REACH contiene también la regulación de las fichas de seguridad (SDS). Las SDS son el elemento fundamental de comunicación entre proveedor y cliente en cuestiones relativas a la seguridad y uso tanto de sustancias como de preparados químicos. Así, las SDS se ampliaran con un anexo, donde se describen los efectos de la exposición del ser humano y del medio ambiente durante el uso de sustancias y preparados químicos. Estos escenarios deberán cubrir el uso de nuestros clientes.

Les mantendremos informados y publicaremos información actualizada en nuestra web.
Para preguntas o información adicional póngase en contacto con nosotros a través de reach@uponor.com. Para más información acerca del nuevo Reglamento REACH, visite la web de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA): http://echa.europa.eu